-Por el Pleito mantenido durante ocho años por la subida salarial de los funcionarios en 1996
-El fallo defiende la legalidad de todos los actos de Juan Escudero, mientras que el Fiscal acusó a Mari Carmen Vigueras y Francisco Montesinos (PP) de actuar con "mala fe"
-La diputada del PP y el concejal del mismo grupo deberán pagar solidariamente unas costas cercanas a los 120.000 euros
VMPress.
Tras ocho años de pleito que los abogados del PP, en particular el letrado José Antonio Izquierdo, han mantenido por la subida salarial del personal municipal alcazareño en el año 1996, el Tribunal de Cuentas del Reino ha sentenciado que el incremento de los sueldos –aprobado unánimemente por la Corporación presidida por Juan Escudero, con los votos del PP- fue legal y, en el fallo, desprecia una por una todas las acusaciones vertidas en los medios de comunicación y en la propia demanda durante estos años, tanto por la diputada popular, Mari Carmen Vigueras, como por el concejal del mismo grupo, Francisco Montesinos.
Estos dos políticos del PP, que han sido condenados a pagar las costas de este ‘eterno’ pleito, según expertos juristas consultados en la judicatura y la Fiscalía, podrían tener que hacer frente al pago de una cantidad que oscilará entre los 100.000 y los 120.000 euros; sin descartar que Escudero pueda reclamar por la vía civil los daños morales que se hubieran producido por el uso de los medios de comunicación para difundir una denuncia que ha terminado por demostrarse falsa en un juicio en el que Juan Escudero ha resultado con todos los pronunciamientos favorables.
Igualmente, en aplicación de la Ley y de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, los gastos de defensa por esta causa, que Escudero asumió a su costa –no como está ocurriendo en otros municipios- desde el momento en que resultó imputado deberán ser abonados por el Consistorio, puesto que se trataba de acciones ejecutadas legalmente en virtud de su trabajo como alcalde del municipio.
La noticia ha causado una profunda alegría puesto que muchos trabajadores temían que, de lograr el PP su propósito, tuvieran que pagar de sus bolsillos las catidades que se reclamaban en la demanda –más de ochenta millones de pesetas- más los intereses correspondientes. El propio fallo judicial señala que de ser atendida la pretensión del Partido Popular, hubieran tenido que ser los trabajadores quienes abonaran el dinero puesto que fueron ellos quienes lo percibieron. Este asunto provocó manifestaciones de los trabajadores municipales y vecinos frente a la sede del PP municipal.
EL PLEITO
La demanda de Mari Carmen Vigueras, asistida del letrado José Antonio Izquierdo (ambos participaron también en la querella de
Tras varias semanas de espera, la sentencia no deja lugar a dudas: El Fundamento de Derecho número Cinco establece que: “De los hechos que han sido probados a lo largo del procedimiento, se deduce que lo que se pretendió por el Pleno del Ayuntamiento fue la modificación del sistema retributivo para adecuarlo a las responsabilidades desempeñadas por sus funcionarios, aplicando la norma con la flexibilidad que ésta permitía…Se demuestra que lo que siempre se pretendió por el Pleno de la Corporación fue lograr una adecuación retributiva en función de la realización de unas tareas de nivel superior, aludiendo a los mismos conceptos empleados por la normativa para justificar las retribuciones complementarias, como son la especial dificultad técnica, la responsabilidad o la penosidad”; máxime en un ayuntamiento que desde su fundación en 1983 y hasta ese momento no tenía ni catalogación de puestos de trabajo; cuestión que también se pone de manifiesto en el fallo.
La sentencia, al contrario de lo que afirmaba Vigueras y su abogado, señala con claridad que “obra en el procedimiento un anexo con los puestos de trabajo y los importes correspondientes a sus complementos específicos” y, para más desatino, la propuesta fue votada –como ya se ha indicado- de forma favorable por los que entonces eran concejales del PP, incluida
El Tribunal de Cuentas subraya “que no se ha producido alcance alguno en los fondos del Ayuntamiento del que sean responsables Juan Escudero o Diego Sánchez” (entonces secretario del Ayuntamiento). “Por lo que procede –dice el fallo- desestimar íntegramente las demandas presentadas contra los mismos por Mari Carmen Vigueras y Francisco Montesinos Navarro, con IMPOSICIÓN DE COSTAS A LOS DEMANDANTES al haber sido RECHAZADAS TODAS SUS PRETENSIONES”, circunstancia en la que incide el Alto Tribunal.
2 comentarios:
Feliz año nuevo
este es uno de esos pleitos que acaban encubriendose -.-
hacen que la gente se olvide y luego lo arreglan como les da la gana
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