28 de febrero de 2012

De la política a la (gran) empresa


Relación de figuras destacadas de la política española que entraron en grandes empresas tras su paso por la política:

Eduardo Zaplana (ex-Presidente de la Comunidad Autónoma de Valencia, ex-Ministro de Trabajo después del decretazo y la Huelga General de 2002), adjunto al Secretario General deTelefónica, empresa con una buena parte privatizada en el primer gobierno de Aznar.

Pedro Solbes (ex-Vicepresidente y ex-Ministro con Felipe González y Zapatero), consejero de la italiana Enel (compañía que participó con Acciona en una OPA salvadora sobre Endesa cuando EON había lanzado otra OPA que no gustaba al Gobierno de Zapatero) y consejero y asesor de Barclays

Josu Jon Imaz (ex-Presidente del PNV), fue nombrado presidente de Petronor, cuyo accionista principal es Repsol.

José María Aznar (ex-Presidente del Gobierno), disfruta de los beneficios del Estatuto de Ex-Presidente, es consejero de Endesa (gran empresa privatizada en parte durante su mandato), asesor de Murdoch (magnate de medios), de fondos de riesgo.

Rodolfo Martín Villa (varios Ministerios durante el franquismo y la transición), presidió Endesa, trabajó paraSogecable.

José Barrionuevo (ex-Ministro de Interior), cuya constructora posee 2,5 millones de euros en solares y construcciones.

Rodrigo Rato (ex-Vicepresidente del Gobierno, ex-Ministro de Economía y Hacienda, autor de la reforma fiscal del 1998), trabajó en banca Lazard, Criteria-La Caixael Consejo Internacional del Banco Santander, fue designado para la presidencia de Caja Madrid (donde la Comunidad Autónoma de Madrid tenía capacidad de decisión) y después de Bankia.

Miquel Roca (Ex-diputado de CiU, padre de nuestra constitución), consejero de Endesa.

Julián García Vargas (ex-Ministro de Sanidad y de Defensa), consejero asesor en Indra.

Josep Piqué (ex-Ministro de Exteriores y de Nuevas Tecnologías), presidente de Vueling.

José Borrell (ex-Ministro de Obras Públicas), vocal del Consejo de Administración de la empresa de tecnología Abengoa.

Ángel Acebes (ex-Ministro de Administraciones Públicas, de Justicia, de Interior), vocal del Consejo de Administración del Banco Financiero y de Ahorros (Banco malo de Bankia).

Carlos Solchaga (ex-Ministro de Industria, ex-Ministro de Economía y  Hacienda), trabaja de consejero y consultor externo en varias empresas.

Ana de Palacio (ex-Ministra de Asuntos Exteriores en el Gobierno de Aznar), se fue a trabajar al Banco Mundial y después vicepreside la empresa de energía nuclear francesa Areva.

Felipe González (ex-Presidente del gobierno), disfruta de los beneficios del Estatuto de Ex-Presidente, que él implantó, y también es consejero independiente del Consejo de Administración de Gas Natural.

David Taguas (ex-director de la Oficina Económica del ex Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero), sucede a Miguel Sebastián, viniendo ambos del BBVA, en ese cargo y después se fue al lobby SEOPAN (Sociedad de Empresas de Obras Públicas de Ámbito Nacional).

José Antonio Ardanza (ex-Lehendakari), presidió la empresa vasca de Telecomunicaciones Euskaltel.

Narcí Serra (ex-Vicepresidente y ex-Ministro de Defensa), pasó a presidir La Caixa  en tiempos del tripartito (PSC-ICEUiA-ERC) y más tarde pasó al Consejo de Administración de Gas Natural, por la cuota de La Caixa.

Anna Birulés (ex-Ministra de Ciencia y Tecnología con Aznar), es consejera en una empresa del acero, Irestal.

Fuente:  Blog de Samuel García Arencibia “Utópico terminando el prólogo”

23 de febrero de 2012

GUÍA EXPLICATIVA DE LA LACERANTE REFORMA LABORAL

ES UNA REFORMA LABORAL UNILATERAL Y SIN NEGOCIAR CON LOS SINDICATOS:

Esta reforma laboral ha sido aprobada mediante Decreto Ley el viernes 10 de febrero, publicada en el BOE del sábado 11 de febrero y ha entrado en vigor el domingo 12 de febrero.

No ha sido consultada con los Sindicatos. No se ha informado previamente a los Sindicatos.

El mismo viernes 10 de febrero que se aprobó, la Ministra llamó a los Sindicatos, por teléfono, para hacerles un Resumen de lo que se acababa de aprobar.

El lunes 13 de febrero, se convocó a los Sindicatos para informarles del Decreto Ley que había sido aprobado.

Esto vulnera el derecho a la negociación colectiva y supone un desprecio total a los Sindicatos, como órgano que representa a los Trabajadores (Art. 7 de la Constitución Española).

CLASIFICACIÓN PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES:

La Clasificación Profesional se hará mediante Grupos Profesionales; desaparecen las “Categorías Profesionales”, con lo que se implanta la “polivalencia” de los trabajadores.

Se asignará a cada trabajador un Grupo Profesional y se establecerá como contenido de la prestación laboral la “realización de todas las funciones correspondientes al Grupo Profesional o solamente de alguna de ellas” (Art.22.4. ET).

MOVILIDAD GEOGRÁFICA DE LOS TRABAJADORES:

La Empresa puede acordar la movilidad geográfica de los trabajadores, con más facilidad que antes alegando simplemente “razones relacionadas con la competitividad”.

Si éstos no la aceptan: despido con indemnización de 20 días de salario por año de trabajo, con un máximo de 12 mensualidades (Art.40.1. ET).

MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO:

Se incluye, a partir de ahora, entre las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo la “cuantía salarial”.

Se incluye que “Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas por éstos en virtud de una decisión unilateral del empresario de efectos colectivos”. (Art. 41.1 y 2. ET).

A partir de ahora, las decisiones del Empresario de modificar las condiciones de trabajo serán objeto de preaviso con 15 días de antelación (hasta ahora era de 30 días). (Art. 41.3. ET).

A partir de ahora, con independencia del Salario establecido en Convenio Colectivo, un Empresario podrá decidir unilateralmente bajar el salario a alguno, algunos o a todos sus trabajadores.

Los que no lo acepten serán despedidos, con una Indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades.

DISTRIBUCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO:

Las empresas podrán distribuir de manera irregular a lo largo del año el 5% de la Jornada de Trabajo (Art. 34.2. ET).

Esta “distribución irregular la Jornada” es una decisión unilateral del Empresario y se podrá aplicar a alguno, algunos o a todos los trabajadores de la Empresa.

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO O REDUCCIÓN DE LA JORNADA (ENTRE UN 10 Y UN 70%) POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN O DERIVADAS DE FUERZA MAYOR:

Ya no se requiere Resolución de la Autoridad Laboral autorizándolo, bastará con decisión unilateral de la Empresa (Art. 47.1. ET).

La Autoridad Laboral sólo podrá suspender la aplicación de estas medidas si aprecia alguna ilegalidad.

INAPLICACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS:

La Empresa podrá “descolgarse” de un Convenio Colectivo, por lo que se podría “inaplicar” el Convenio (sea de Sector o de Empresa) en las siguientes materias (Art. 82.3. ET):

a) Jornada de trabajo.

b) Horario y la distribución del tiempo de trabajo.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.

e) Sistema de trabajo y rendimiento.

f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

g) Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.

Esto es: se produce una total indefensión de los trabajadores, que se verán obligados a aceptar condiciones laborales inferiores a las del Convenio Colectivo negociado y firmado.

Se vulnera el derecho Constitucional a “la fuerza vinculante de los Convenios” (Art. 37.1 de la Constitución Española). Esto es una posible causa de inconstitucionalidad del RD-Ley.

La Empresa podrá descolgarse del Convenio con dos trimestres seguidos de disminución de ingresos o ventas (no hace falta que la Empresa tenga pérdidas o esté en peligro su viabilidad).

PRIORIDAD DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE EMPRESA (Art. 84.2. ET):

La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias:

a) La cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.

b) El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribución específica del trabajo a turnos.

c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.

d) La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de los trabajadores.

e) La adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación que se atribuyen por la presente Ley a los convenios de empresa.

f) Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

g) Aquellas otras que dispongan los acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2.

Igual prioridad aplicativa tendrán en estas materias los convenios colectivos para un grupo de empresas o una pluralidad de empresas vinculadas por razones organizativas o productivas y nominativamente identificadas a que se refiere el artículo 87.1.

Los acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2 no podrán disponer de la prioridad aplicativa prevista en este apartado.”

Esta preferencia de los Convenios de Empresa sitúa a los trabajadores, sobre todo en las Empresas pequeñas, en manos de los Empresarios, que podrán “imponer” estos Convenios.

Ya no quedan garantizados mediante un Convenio de Sector: ni el salario, ni las horas extras, ni las condiciones del trabajo a turnos, ni la planificación de las vacaciones, ni la clasificación profesional, ni las medidas para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar (permisos por hijos, padres, enfermedad de familiares, reducciones de jornada para cuidado de familiares, etc.…).

VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS (Art. 86.3. ET)

“Transcurridos dos años desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación”.

Esto es: denunciado un Convenio, si en 2 años no se alcanza Acuerdo, el Convenio pierde su vigencia.

Si hay Convenio de ámbito superior: se aplica éste.

Si no hay Convenio de ámbito superior: se aplica exclusivamente el Estatuto de los Trabajadores.

La Ley ni siquiera garantiza que se siga percibiendo el Salario que se venía percibiendo hasta ese momento. Sólo está garantizado por Ley el Salario Mínimo Interprofesional.

DESPIDO COLECTIVO (Art. 51 ET):

Causas Económicas: se podrá hacer un despido colectivo por pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas (ha desaparecido de esta frase la expresión: “que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo”).

Ahora se podrá hacer despidos colectivos aunque no esté en peligro la viabilidad de la empresa o su capacidad para mantener el volumen de empleo.

Ya no se requiere Resolución de la Autoridad Laboral autorizando los despidos, bastará con decisión unilateral de la Empresa.

La Indemnización por Despido Colectivo es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

DESPIDO POR ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL (Art. 52.d. ET):

Si caes en Situación de Incapacidad Temporal (“baja”) por Enfermedad Común o Accidente No Laboral, podrás ser despedido, si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

1. Que la ausencia alcance el 20% de las Jornadas Hábiles en 2 meses consecutivos

2 meses x 20 Jornadas cada mes = 40 Jornadas.

20% de 40 Jornadas = 8 Jornadas.

¡SI FALTAS 8 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 2 MESES CONSECUTIVOS, TE PUEDEN DESPEDIR!

2. Que la ausencia alcance el 25% de las Jornadas Hábiles en 4 meses discontinuos, dentro de un período de 12 meses:

4 meses x 20 Jornadas cada mes = 80 Jornadas.

25% de 80 Jornadas = 20 Jornadas.

¡SI FALTAS 20 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 4 MESES DISCONTINUOS, DENTRO DE UN PERÍODO DE 12 MESES, TE PUEDEN DESPEDIR!

¡Y, EN AMBOS CASOS, SERÍA CONSIDERADO “DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS”!

¡EN CUALQUIERA DE LOS CASOS CITADOS, LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SERÍA DE 20 DÍAS DE SALARIO POR AÑO DE SERVICIO, CON UN MÁXIMO DE 12 MENSUALIDADES!

Hasta ahora, para aplicar un despido por este motivo, se requería que el "índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo".

Ahora se suprime el requisito del absentismo colectivo, así que el despido por faltar al trabajo depende sólo de las ausencias del trabajador.

ABARATAMIENTO BRUTAL DE LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE (Art. 56):

Un despido disciplinario o despido objetivo, que sea declarado improcedente, se indemnizará con 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.

Hasta ahora, la indemnización era de 45 días de salario por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades.

Ejemplos de Cálculo de indemnización:

a) Trabajador que llevaba 15 años en la Empresa. Salario mensual de 1.100 €.

Cuantía a percibir, hasta ahora:
1.100 €/30 días = 36,66 €/día. 36,66 € x 45 = 1.649,7 € x 15 años =24.745,50 €.
Cuantía a percibir, a partir de ahora:
1.100 €/30 días = 36,66 €/día. 36,66€ x 33 = 1.209,78 € x 15 años = 18.146,70 €.

b) Trabajador que llevaba 25 años en la Empresa. Salario mensual de 1.100€.

Cuantía a percibir, hasta ahora:
1.100 €/30 días = 36,66 €/día. 36,66 € x 45 = 1.649,7 € x 25 años =41.242,50 €.
Cuantía a percibir, a partir de ahora:
1.100 €/30 días = 36,66 €/día. 36,66 € x 33 = 1.209,78 € x 25 años =30.244,50 €.

Pero, peor todavía: con la nueva legislación, casi todos los Despidos serán calificados como “Objetivos”, por lo que la Indemnización por Despido será de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades:

a) Trabajador que llevaba 15 años en la Empresa. Salario mensual de 1.100 €.

Cuantía a percibir:
1.100 €/30 días = 36,66 €/día. 36,66 € x 20 = 733,20 € x 15 años =10.988,00 €.

ESTO SUPONE UNA ENORME PÉRDIDA ECONÓMICA PARA LOS TRABAJADORES QUE SEAN DESPEDIDOS.
Nota:
- En los contratos en vigor antes de la entrada en vigor de este RD-Ley, para la Indemnización por Despido se aplica la fórmula antigua de cálculo hasta el 12-2-2012 (entrada en vigor del RD-Ley) y la nueva fórmula a partir de esa fecha.

- En los contratos firmados a partir de la entrada en vigor de este RD-Ley, se aplica sólo la nueva fórmula.

NUEVA FIGURA: CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES:

En el Art. 4 del RD-Ley 3/2012, se crea este nuevo tipo de “contrato indefinido de apoyo a emprendedores”, dirigido a Empresas de menos de 50 trabajadores (según el Gobierno, suponen el 95% de las Empresas):

Estas empresas podrán contratar a un trabajador, mediante contrato indefinido, con un período de prueba de 1 año. ¡Durante ese primer año, el trabajador podrá ser despedido, en cualquier momento, sin explicación y sin indemnización alguna!

Si, además, el trabajador estaba percibiendo Prestación de Desempleo: ¡el Empresario tendrá una deducción fiscal del 50% de la parte de la Prestación que deja de percibir el trabajador!

Ejemplo: si al trabajador le quedaban 18 meses por cobrar el Desempleo, por una cuantía (por ejemplo) de 1.000 €/mes, el Empresario tendrá una deducción fiscal de: 1.000 € x 18 meses = 18.000 €/2 = 9.000 €.

Además:

- el empresario tendrá otra deducción fiscal de 3.000 €.

- el empresario tendrá derecho a bonificaciones en las Cuotas de la Seguridad Social que pueden llegar incluso al 100% durante 3 años.

¿No había que incrementar los ingresos de la Seguridad Social para garantizar su viabilidad?

SUBVENCIONES Y BONIFICACIONES EN LA SEGURIDAD SOCIAL A EMPRESARIOS:

Se otorgan cuantiosas subvenciones a fondo perdido a empresarios, y enormes bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, a pesar de que el Gobierno no hace más que alarmarnos diciendo que las Cuentas de la Seguridad Social corren peligro y de que el Sistema de Seguridad Social es insostenible.

Si lo que hacen falta son más ingresos en la Seguridad Social, ¿Por qué se otorgan subvenciones y bonificaciones tan cuantiosas a las Empresas?

CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN:
La Disp. Tª. 9ª del RD-Ley establece que el contrato para la formación y el aprendizaje podrán mantenerse hasta los 30 años de edad del trabajador (hasta que la tasa de desempleo en España se sitúe por debajo del 15%).

Se podrán encadenar contratos de formación, incluso en la misma empresa, siempre que cambie la "actividad laboral u ocupación" a desempeñar; esto antes estaba prohibido.

SE IMPLANTA EL DESPIDO COLECTIVO EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (nueva Disp. Adic. 20ª del ET):
Cualquier Administración Pública (Estado, CCAA, Diputaciones, Ayuntamientos, Universidades, Entes Públicos y Organismos Públicos de todo tipo) podrán aplicar Despidos Colectivos, alegando simplemente:

- insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente (9 meses consecutivos).

- causas técnicas: cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de la prestación del servicio (se podrá privatizar un servicio y despedir a los Laborales Fijos de la Administración).

- causas organizativas: cambios en los sistemas y métodos de trabajo.

El Personal Laboral Fijo de la Admón. Pública, a pesar de haber superado un Proceso Selectivo de Acceso a su condición de Empleado Público, podrá ser despedido, de forma unilateral, por decisión de ¡un político!

La Indemnización sería de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADO DE MENORES DE 8 AÑOS O PERSONAS DISCAPACITADAS (Art. 37.5 ET):

Hasta ahora, el ET hablaba de “reducción de la jornada de trabajo”: se podía hacer una reducción diaria, semanal o mensual (no ir a trabajar algún día a la semana o al mes).

A partir de ahora, el ET habla de “reducción de la jornada de trabajo diaria”: la reducción habrá que aplicarla diariamente, no pudiéndose acumular en días completos.

Esto supone una pérdida de derechos para trabajadores/as que necesitaban organizar su vida familiar.

LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL PODRÁN ACTUAR COMO “AGENCIAS DE COLOCACIÓN” (Art. 16.3. ET):

Las ETTS podrán actuar como Agencias de Colocación y podrán:

- obligarte a acudir a Cursos de formación; si no lo haces podrías perder la Prestación de Desempleo.

- obligarte a aceptar puestos de trabajo que consideren “adecuados”; si no lo haces podrías perder la Prestación de Desempleo.

- acceder a toda tu vida laboral y a todos tus datos que obran en poder de la Seguridad Social (pérdida total de la intimidad de tus datos personales y profesionales; se podrán dar casos de discriminación por el historial laboral del trabajador):


ESTA ES LA REFORMA LABORAL DEL DESPIDO RÁPIDO Y BARATO


ESTA ES LA REFORMA QUE DEJA TOTALMENTE INDEFENSOS A LOS TRABAJADORES


ESTA REFORMA PRETENDE DESTRUIR EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA


ESTA REFORMA TRAERÁ PEORES CONDICIONES DE TRABAJO PARA LOS JÓVENES


ESTA REFORMA SUPONE PÉRDIDA DE DERECHOS QUE HA COSTADO CIEN AÑOS CONSEGUIR


PERO:


NO SE HA ADOPTADO NI UNA SOLA MEDIDA CONTRA LOS RESPONSABLES DE LA CRISIS:


- LOS ALTOS DIRECTIVOS FINANCIEROS, POR AVARICIA.


- LOS ALTOS RESPONSABLES POLÍTICOS, POR NEGLIGENCIA.


- LOS POLÍTICOS DE TODO TIPO QUE INCURRIERON EN GASTOS DESPROPORCIONADOS Y MULTIMILLONARIOS (QUE PAGAMOS ENTRE TODOS LOS ESPAÑOLES) Y QUE HAN PROVOCADO UN GRAN ENDEUDAMIENTO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


Fuente: Unión General de Trabajadores (UGT)


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Hace más o menos un año en este mismo blog: "CARTA ABIERTA DE "DISCAPACITADA NO IMBECIL" A "DIPUTADA LISTILLA"

21 de febrero de 2012

HAN VUELTO LOS GRISES



La protesta de ayer que comenzó de forma pacífica a las 14.45 horas cuando los estudiantes cortaron el tráfico al grito de "Els lladres a presó i els diners a educació" ("Los ladrones a prisión y el dinero a educación"). Según los organizadores del acto, la intención era llevar a cabo una marcha "totalmente pacífica" que se limitara a cortar el tráfico durante media hora con desplazamiento hacia San Agustín.

En su regreso hacia el instituto, la Policía ha intervino contra manifestantes, en su mayoría jóvenes aunque también se han podido ver cargas individuales contra viandantes y trabajadores de la zona. En las inmediaciones del Lluís Vives se han congregado también padres y madres de alumnos que no dudaron en arremeter contra la actuación policial. La marcha ha registrado numerosos momentos de tensión cuando los antidisturbios dispersaron a los estudiantes porra en mano por las inmediaciones de las calles de Xàtiva, San Vicente, Troya y Matemático Marzal, así como por la gran vía de Fernando el Católico y junto a la plaza de España. En total, llegaron a congregarse en ese tramo más de 25 furgones de la Policía.

Las imágenes del vídeo lo dicen todo y por desgracia nos traen a la memoria otros momentos que todos considerábamos ya pasados: Las cargas de los “grises” en la etapa de dictadura fascista en nuestro país. Vistas las imágenes parece que no es así y que hemos retrocedido en poco más de dos meses  más de 40 años.

Las horas han pasado y:

No ha comparecido aún el Ministro del Interior.

No ha dimitido la Delegada del Gobierno en Valencia.

No ha sido cesado el Jefe de Policia que tildó a los ciudadanos como “el enemigo” y ordenó las cargas.

Alguien es responsable de este despropósito y debe asumir responsabilidades, aunque me temo que lo que se quiere es difundir el miedo entre los ciudadanos y hacernos callar sea como sea. Crasso error: La violencia genera más violencia y los ciudadanos, todos, tenemos derecho a exprersar nuestra indignación.

Dicho lo anterior Animo a los estudiantes de TODA España, acompañados de sus padres, profesorado y todos los ciudadanos que se sientan indignados ante lo visto, a que de forma PACÍFICA, a la entrada o salida de clase guarden 5 minutos de silencio como señal de repulsa por lo acontecido en Valencia y en solidaridad con sus compañer@s.

Ayer fueron ellos, mañana podremos ser cualquiera de nosotros.


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20 de febrero de 2012

NO NOS MERECEMOS ESTO



Inmerecido es el adjetivo que mejor define a los dos grandes partidos: PP y PSOE.

Los españoles no nos merecemos un gobierno así, ruin y de siesta permanente cuando no gobierna, que se dedica a hacer oposición a la oposición cuando gobierna y a culpar de todo lo habido y por haber al gobierno socialista anterior para intentar justificar sus lacerantes medidas que ocultó, intencionadamente, durante la campaña electoral que les hizo ganar las elecciones generales que el PSOE le sirvió en bandeja de plata.

No nos merecemos un gobierno de este calado y calibre, no nos merecemos el castigo sin piedad que estamos sufriendo sin miramientos y “por nuestro bien” futuro, no nos merecemos lo que aún queda por anunciar y aplicar el PP y que calla hasta pasadas las elecciones andaluzas que, al fin y al cabo, es lo único que le ocupa y preocupa en la actualidad.

Es infame.

Si es inmerecido que los españoles suframos lo anterior, no es menos grave que padezcamos unaoposición más ocupada en sus cuitas internas, en listas, en una evidente fractura entre “rubalcabistas” y“chaconistas”, que ya han tenido su reflejo en forma de dimisiones en Sevilla, que aún  se desangrará más tras los sucesivos congresos regionales preceptivos y que además se encuentra atado de píes y manos por su gestión de la crisis económica en su etapa de gobierno y la pertenencia de sus principales dirigentes en el gobierno de Zapatero. Es una losa que pesa.

Hay otras alternativas. El mundo político no se acaba ni comienza en ese binomio PP & PSOE, por más que así se nos quiera vender y que la ley electoral vigente, potencia y ampara.

Mientras tanto, nosotros los ciudadanos, asistimos cuasi impasibles a este gran despropósito que nos hace vivir un presente triste y nos permite percibir, salvo milagro inesperado, un futuro negro, muy negro.

Debemos hacer oír nuestra voz, aunque esta sea cada vez más débil y temblorosa por el miedo. Entiendo que ese miedo nos atenaza, pero o gritamos y hacemos ver nuestro descontento de una forma clara y contundente o lentamente y sin descanso vamos al matadero cual sumisos borregos.

¿QUIERES MÁS?
Hace más o menos un año en este mismo blog:

17 de febrero de 2012

Todos los españoles NO son iguales ante la ley



Leo con absoluto estupor en La Opinión de Murcia las manifestaciones de la portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gabriela Bravo, que ha señalado, en referencia a la decisión del juez instructor del caso Palma Arena, José Castro Aragón, de no grabar en soporte de vídeo digital la declaración de Iñaki Urdangarin, que "no todos los imputados son iguales" ni están sometidos a la "misma presión mediática"por lo que no se puede "estigmatizar su imagen".

¡Oh, sorpresa! ¡Grave e insultante sorpresa!

Todos y todas, inocentes nosotros, simple plebe, pensábamos, en pasado, que TODOS eramos iguales ante la Ley. Pero no. Resulta que no. Que el Sr. Urdangarín es de “otra pasta” al personaje se le aplican prebendas que el resto de los mortales no tenemos ni tendremos ni en el más dulce de los sueños. Y no es que yo quiera ni pida para los demás esa infamia. Lo que pido es que a TODOS se nos trate igual porque así lo refleja nuestra Constitución, esa que yo creía que era para TODOS, que indica en su artículo 14 que “Los españoles son IGUALES ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Queda meridianamente claro, según lo manifestado por la Sra. Bravo, que Urdangarín NO es igual al restode mortales españoles ¿por razón de matrimonio?... claro, va a ser eso y al resto sí se nos puede estigmatizar la imagen y lo que haga falta...

Lo dicho por esta Sra. es un insulto y claramente anti constitucional.

¡Qué poca vergüenza!

¡Qué país, este Españistan nuestro! 

12 de febrero de 2012

El postre de Rajoy


Ya lo están preparando, porque ya huele a merengue y ya nos han enseñado la masa consistente. Como las capas de una milhoja, con la inconsistencia de su hojaldre, con lo efímero de su azúcar espolvoreada y con la elaboración de un merengue que durará lo que el paladar soberano tarde en degustarlo. Ese es el postre de Rajoy, la reforma laboral, tan dulce para los poderosos pero tan débil para el pueblo. Y como yo no soy golosa porque la rebeldía suele ser más agria y rancia que lo dulcemente impuesto. Y como estoy en proceso de aprendizaje, igual que los estudiantes que tienen que tirar por tierra el dolor de sus codos por la pocaWertgüenza de un ministro que hace y deshace las oposiciones como una milhoja ignorante, necesito que sepa que "lo que luego se hace, luego se deshace, más lo que ha de durar una eternidad, ha de tardar otra en hacerse", y apenas lleva usted 2 meses en el poder y aún no lo he visto con un colectivo de trabajadores para saber qué necesitan reformar. Y he aprendido en El Arte de la Prudencia de Baltasar Gracián que "no puede haber héroe que no tenga algún extremo sublime: las medianías no son asunto de aplauso". La fama va siempre con los primeros, señor Rajoy, nunca se dice "aquel tuvo buenos o malos ministros, sino aquel fue buen o mal artífice", ¿qué cree que está siendo usted?.
Adelante pues con su elección, adelante pues con su examen ministerial, que aunque la democracia le ha de fiar inmortalidad de reputación, la calle espera, Señor Rajoy. A unos se les gastan los oídos de oir mucho dulce en lisonjas, a otros, de escuchar amargo en chismes, y hay quién no sabe vivir sin algún cotidiano sinsabor. Y como dice Gracián, "así como los grandes bocados son para grandes paladares, las materias sublimes para los sublimes genios". Porque estará usted de acuerdo que el que vence no necesita dar satisfacciones, verdad Señor Rajoy. Que es un arte ir contra el arte cuando no se puede de otro modo conseguir la dicha de salir bien. Por eso, mi juventud rebelde me dice sin edulcorante y con paladar amargo que es urgente esta sutileza cuando toca en utilidad del que despierta. Es hora de mostrar gusto, y pasar a mas cuando no baste; ya se que tenemos el NO, vayamos en busca del SI con destreza, que más veces no se consigue porque no se intenta. "Porque más se estima el NO de algunos que el SI de otros, porque un NO dorado satisface más que un SI a secas". Y que queden siempre algunas reliquias de esperanza para que templen lo amargo del negar... yo ya estoy amarga sin el SI de la reforma laboral, y propongo un NO a los que degustan mi rebeldía para decir Basta Ya!!
Lo dulce para que los mandan, lo amargo para los que luchan.

Vanesa Navarro Calero

9 de febrero de 2012

RAFAEL GONZÁLEZ TOVAR: "Es el momento de ser valiente"



Rafael González Tovar, último Delegado del Gobierno socialista está sondeando la posibilidad de presentarse a la secretaría general en el congreso que los socialistas murcianos celebrarán entre los días 3 y 5 de marzo:

Según leo en el artículo de David Gómez para La Opinión de Murcia, Tovar contaría en principio con fuertes apoyos en las tres principales agrupaciones de la Región. El sector oficial de Cartagena estaría con él. Fuentes del PSOE, destacan que, durante el congreso de Sevilla, se le vio muy cercano a Antonio Martínez Bernal, la persona clave en la ciudad portuaria. Y también contaría con el apoyo del aparato de Lorca, cuyo líder es Juan Antonio Hurtado, amigo de María González Veracruz de los tiempos de Juventudes Socialistas. La organización juvenil, donde poco a poco gana peso la hija menor del exdelegado, Diana González Veracruz, también le apoyaría si decidiera presentarse. 

"Es momento de ser valiente", dice González Tovar, y "de proyectar ilusión y os prometo que tengo mucha por sacar al partido de donde está y hacer cara de verdad al PP. Tenemos que remontar, no podemos seguir con estos resultados"'.

Cierto es: “Hay que sacar al partido de donde está” -digo yo-.

Rafael González Tovar ha ostentando diversos cargos tanto orgánicos como institucionales: Ha sido concejal en el Ayuntamiento de Blanca (1.987 – 1.991), Director del Gabinete de la Consejería de Sanidad, de noviembre de 1991 a mayo de 1993 y Director General de Salud y Consumo del Gobierno de la Región de Murcia entre mayo de 1993 y junio de 1995.

Posteriormente resulto elegido diputado en la Asamblea de la Región de Murcia en la V legislatura.

Asimismo con posterioridad fue elegido concejal del Ayuntamiento de Murcia en las elecciones locales de 2003, cargo que compaginará con su nombramiento como Director del Área de Sanidad de la Delegación del Gobierno de la Región de Murcia.

Finalmente en mayo de 2.008 el consejo de ministros presidido por José Luis Rodríguez Zapatero le propone como Delegado del Gobierno en la Región de Murcia, cargo que ocupará hasta su cese en diciembre de 2.011 (hace apenas dos meses).

Asímismo es padre de la Diputada al Congreso, nº1 de la candidatura por Murcia, y también miembro de la recien nombrada Ejecutiva Federal de Alfredo Pérez Rubalcaba, María González Veracruz.

Un excelente y extenso, muy extenso curriculum vitae político.

Ciertamente, coincido plenamente con las palabras de González Tovar: “Es el momento de ser valiente” y por eso entiendo que un acto valiente sería dar paso a caras nuevas que transmitan ilusión, ganas, ideas, frescura, renovación.....


Eso es, en realidad, ser valiente es "ladearse" y dejar paso...

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